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Tarde, pero llegó

Las escuelas salteñas se adaptan a la ley y ya no pueden rechazar el cambio de género

A nueve años de la Ley de Identidad de Género, les estudiantes de Salta podrán tramitar el cambio de identidad en las escuelas. Lo dispone la Resolución 635 del Ministerio de Educación de Salta rubricada ayer. Aunque llega con tardanza, se trata de un paso más para garantizar derechos y evitar la discriminación.

Las escuelas salteñas se adaptan a la ley de género
Las escuelas salteñas se adaptan a la ley de género

La Ley de Identidad se sancionó en 2012. Sin embargo, la Provincia no garantizaba este derecho y los colegios se manejaban con sus propias reglas.

A nueve años de la Ley de Identidad de Género, les estudiantes de Salta podrán tramitar el cambio de identidad en las escuelas. Lo dispone la Resolución 635 del Ministerio de Educación de Salta rubricada ayer. Aunque llega con tardanza, se trata de un paso más para garantizar derechos y evitar la discriminación.

“Aprobar el protocolo para el registro de cambio de identidad de género que realicen los/ las estudiantes de los establecimientos educativos de gestión estatal/privada de todos los niveles y modalidades educativas, dependientes de este ministerio, en el marco de los dispuesto por la Ley 26.743”, dice el artículo primero de la Resolución 635 del ministerio de Educación de la provincia fechada en el día de ayer.

En la misma se destaca que distintas leyes nacionales – la 26.150 de Educación Sexual Integral, 26. 618 de Matrimonio Igualitario, 26.743 de ldentidad de Género – y otras normativas y decretos que enmarcan lo dispuesto por el ministerio provincial.

En los considerandos, por su parte, se destaca la necesidad de “garantizar las condiciones de igualdad. respetando las diferencias entre las personas sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo” dispuesto en la Ley N° 26.061 y que conforme al artículo 1° de la Ley N° 26.743 (Ley de Identidad de Género), “toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, al libre desarrollo de su persona. y ser identificada de ese modo rectificando el sexo, imagen y cambio de nombre en sus documentos personales a saber: la partida de nacimiento y Documento Nacional de ldentidad”.

En ese marco y atento a lo dispuesto oportunamente por el Consejo Federal de Educación Nacional (Resolución 261/2015) que conmina a las autoridades nacionales y jurisdiccionales a adecuar la documentación educativa para cumplir y garantizar los derechos establecidos, la Resolución 635 del área educativa salteña activo el protocolo correspondiente para que los y las estudiantes de la provincia puedan acceder al derecho correspondiente, tal como lo indica el artículo 1° ya citado al inicio de esta nota.

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